¿Bitcoin es legal en Ecuador? Lo que dice el BCE
En esta guía
Respuesta corta
Bitcoin no es moneda de curso legal ni medio de pago autorizado en Ecuador, según el Banco Central del Ecuador (BCE) en su comunicado del 12 de agosto de 2024. La única moneda de curso legal es el dólar de los Estados Unidos. Pero el BCE no dice que comprarlo esté prohibido: el 22 de agosto de 2024, su gerente escribió en X que el banco no ha prohibido invertir en criptoactivos, porque no está entre sus competencias.
Esa diferencia es el centro del debate. No ser dinero oficial no es lo mismo que tener prohibido comprarlo o invertir en él. Esta guía separa lo que dice cada uno.
Qué es un criptoactivo
Según el blog jurídico LEXIS, un activo digital es cualquier entidad que se crea, se almacena y se gestiona en un entorno digital, y que tiene valor para su dueño o usuario. Esa definición incluye fotos y documentos, y también criptomonedas y tokens que usan tecnologías como blockchain. Bitcoin es una criptomoneda de ese tipo.
El dólar y los medios de pago
El artículo 94 del Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF) establece el dólar como moneda de curso legal. Dos resoluciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria (JPRM) lo confirman: la JPRM-2022-005-M, de 11 de febrero de 2022, y la JPRM-2023-015-M, de 9 de agosto de 2023. Según el BCE, por eso todas las transacciones y registros contables que se hacen en el país se expresan en dólares.
Otra resolución de la JPRM, la JPRM-2023-014-M de 7 de agosto de 2023, clasifica los medios de pago en físicos, electrónicos y billeteras electrónicas. Los medios electrónicos que enumera son:
- Transferencias electrónicas para pagar o para cobrar.
- Tarjetas de crédito y de débito.
- Tarjetas prepago, recargables o no.
Los criptoactivos no aparecen en esa lista. Por eso, según el BCE, no son un medio de pago electrónico autorizado a nivel nacional.
Qué dijo el BCE en agosto de 2024
El comunicado tiene tres puntos principales:
- Usar medios de pago no autorizados, o simularlos, está prohibido por el artículo 98 del COMF.
- Si el BCE identifica criptoactivos usados como medio de pago, lo pondrá en conocimiento de la Fiscalía General del Estado para investigación y sanción.
- Negociar criptoactivos podría causar cuantiosas pérdidas, por su alta volatilidad y su carácter especulativo.
El comunicado también cita un estudio de la firma Chainalysis, publicado en junio de 2024. Según la lectura que hace el BCE de ese estudio, Ecuador estaría en el octavo lugar de la región por el valor recibido en criptoactivos entre junio de 2022 y julio de 2023, con unos USD 7.000 millones. El BCE concluye de ahí que esas compras no se hicieron principalmente con efectivo ni con tarjetas.
Comprar: lo que aclaró el gerente
Según una nota de Primicias actualizada el 23 de agosto de 2024, el gerente del BCE, Guillermo Avellán, dijo que el banco solo tiene facultad para controlar que el único medio de pago autorizado sea el dólar. Su mensaje en X es del 22 de agosto de 2024.
Avellán también dijo que Ecuador requiere una ley que regule la inversión en criptoactivos, para proteger a los inversionistas. Ten en cuenta que esto es la declaración de un funcionario, no una ley que regule la inversión.
Sobre el uso como pago, el 14 de agosto de 2024 Avellán confirmó a Primicias que el BCE enviaría a la Presidencia insumos para reformas legales. Esas reformas buscarían aumentar los controles y las sanciones contra quienes usen criptoactivos como medio de pago.
Pagar o cobrar con bitcoin: dos lecturas
El BCE dice que usar criptoactivos como medio de pago no está autorizado y que, si lo identifica, lo pondrá en conocimiento de la Fiscalía. Un blog jurídico de LEXIS, publicado el 22 de agosto de 2024, sostiene otra lectura. Son opiniones de sus autores, no el texto de una norma.
Según ese blog:
- Los criptoactivos no son moneda de curso legal, y nadie está obligado a aceptarlos para pagar una deuda.
- No hay en la ley ecuatoriana una prohibición expresa de que dos personas acuerden un intercambio con criptoactivos.
- El artículo 98 del COMF prohíbe la simulación de moneda. Según el blog, se pensó contra la imitación o falsificación del dinero, y no es apropiado aplicarlo a los criptoactivos.
- Los artículos 304 a 306 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifican el tráfico y la falsificación de moneda. Según el blog, no castigan el simple uso de criptoactivos en acuerdos privados.
El blog también separa el uso legítimo de los criptoactivos de las actividades ilícitas, como el lavado de dinero. Según su argumento, lo punible es la actividad ilegal, no el activo.
Dónde está el debate
| Tema | Lo que dice el BCE (agosto de 2024) | Lo que dice el blog jurídico (22 de agosto de 2024) |
|---|---|---|
| Moneda de curso legal | Solo el dólar | Coincide: los criptoactivos no lo son |
| Uso como medio de pago | El uso como medio de pago no está autorizado (art. 98 del COMF) | No hay una prohibición expresa |
| Consecuencias | Lo pondrá en conocimiento de la Fiscalía | Usarlos sin fraude no es delito contra el régimen monetario |
El BCE invoca el artículo 98 del COMF y anuncia que remitirá los casos a la Fiscalía. El blog de LEXIS sostiene que ni ese artículo ni los artículos 304 a 306 del Código Orgánico Integral Penal alcanzan al uso de criptoactivos en acuerdos privados.
Riesgos de comprar criptomonedas
Comprar criptomonedas puede hacerte perder dinero, por estas razones:
- Volatilidad alta. El BCE advierte de cuantiosas pérdidas por la alta volatilidad de estos activos. Cita caídas significativas de cotizaciones en los mercados internacionales, que calificó de recientes en agosto de 2024.
- Sin respaldo del Estado. Según el blog, el valor de un activo digital no viene de un respaldo estatal, sino de su utilidad, su demanda y la escasez que se percibe en el mercado. Si esa demanda baja, el valor también puede bajar.
- Riesgo legal si lo usas como pago. Según el BCE, puede haber una investigación de la Fiscalía y una sanción.
- Reglas que pueden cambiar. En agosto de 2024 el BCE habló de enviar insumos para reformas sobre sanciones, y el gerente pidió una ley para la inversión.
Antes de decidir
- Lee el comunicado original del BCE y busca en sus canales oficiales si hay normas más recientes.
- No confundas “no es moneda de curso legal” con “está prohibido comprarla”. El gerente del BCE aclaró que el banco no ha prohibido invertir en criptoactivos.
Invierte solo dinero que puedas perder. Si piensas invertir en criptoactivos o usar bitcoin para pagos, consulta a un profesional, como un abogado o un asesor financiero, sobre tu situación.
¿Y si hubieras invertido en Bitcoin?
Solo la variación del precio de cierre mensual: no incluye dividendos, comisiones, impuestos ni el tipo de cambio. Lo que pasó antes no garantiza lo que pasará después.
Mencionadas en esta guía
Preguntas frecuentes
¿Es legal comprar bitcoin en Ecuador?
El gerente del BCE dijo el 22 de agosto de 2024 que el banco no ha prohibido invertir en criptoactivos, porque no está entre sus competencias. Según él, Ecuador requiere una ley que regule esa inversión.
¿Bitcoin es moneda de curso legal en Ecuador?
No lo es. Según el BCE, en su comunicado del 12 de agosto de 2024, el dólar de los Estados Unidos es la única moneda de curso legal.
¿Puedo pagar o cobrar en bitcoin?
Según el BCE, usarlo como medio de pago no está autorizado y puede llevar a una investigación de la Fiscalía. Un blog jurídico sostiene que no hay una prohibición expresa para los acuerdos entre privados, pero es solo su opinión.
¿Qué riesgos tiene comprar criptomonedas?
El BCE advierte de cuantiosas pérdidas por su alta volatilidad y su carácter especulativo. También cita caídas significativas de cotizaciones en los mercados internacionales.
Fuentes
- Banco Central del Ecuador: Los criptoactivos no son una moneda de curso legal, ni un medio de pago autorizado en Ecuador (12 de agosto de 2024)
- Primicias: El Banco Central no ha prohibido la inversión en criptoactivos, dice Gerente (23 de agosto de 2024)
- LEXIS: Criptomonedas en Ecuador, ¿realmente el BCE puede prohibir o criminalizar su uso? (22 de agosto de 2024)
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